Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

sat funcionarios interior

La Primera Sala, en su tesis 1a. LXIX/2017 (10a.), publicada el 30 de junio de 2017, dice que las fracciones I y III del artículo 12 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo no puede analizarse a la luz del derecho de igualdad.

La tesis afirma que el fisco y el contribuyente, aunque son parte de la relación tributaria, son desiguales porque el fisco es una autoridad que persigue el interés público, mientras que el particular persogue sus intereses propios.

Lo que yo me pregunto es: ¿qué no está realizando un juicio de igualdad la Suprema Corte al hacer esa afirmación? Claro que sí.

Tanto la jurisprudencia de otras naciones como la doctrina han entendido (hemos entendido, porque yo tengo publicaciones sobre el tema) que el juicio de igualdad tiene dos partes: en análisis de racionalidad y el análisis de proporcionalidad.

El análisis de racionalidad supone comprobar que sujetos que se comparan son iguales. En efecto, el principio de igualdad manda tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales. Lo primero que hay que hacer es verificar si los dos sujetos son iguales. Si resulta que lo son, pero se les trata de forma desigual, habrá que analizar si es justificado ese tratamiento. Pero si resulta que son desiguales y se les treta de forma desigual, habrá que concluir que se respeta el principio de igualdad.

Por ello me parece que la Corte, al afirmar que el fisco y el contribuyente son desiguales, está realizando un análisis a la luz del derecho de igualdad, pues está efectuando la primera parte del juicio.

Considero, por tanto, que más que negar la posibilidad de analizar una norma a la luz del derecho de igualdad, debió de afirmar que no se violaba ese derecho pues se estaba tratando de forma desigual a los desiguales, lo que supone cumplir con el mandato.

Simplemente afirmo que es contradictoria la resolución de la Corte en sí misma. No digo nada acerca de si es correcto o no considerar que el fisco y el contribuyente son desiguales ante la administración de justicia. Ese es otro tema que tratar. 

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