Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

PedroSalmeron.jpg

El Congreso de Nuevo León aprobó declarar personas non gratae en el estado a Pedro Salmerón y a Gerardo Fernández Noroña. No es la primera vez que una legislatura local hace una declaración de este tipo. Recuerdo que así declararon a Gabriel Quadri en Oaxaca hace poco, y a Félix Salgado en Jalisco. Estos pronunciamientos me han llamado la atención: cuál es su valor jurídico y constitucional. 

En el plano internacional, un Estado puede declarar persona non grata a cualquier miembro de una misión diplomática, debiendo comunicarlo al Estado acreditante sin explicarle los motivos de su decisión. En ese caso, el Estado debe retirar a esa persona. Si no lo hace, el Estado receptor puede negarse a reconocer a la persona non grata como miembro de la misión diplomática (art. 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). 

Sin embargo, eso no puede ocurrir en el plano nacional. Ningún estado puede expulsar de su territorio a nadie ni prohibirle la entrada. Tampoco puede dejar de considerarlo ciudadano. No hay ninguna consecuencia inmediata de una declaración de este tipo. Es un acto eminentemente político. 

Ahora, este tipo de actos del legislativo local sí que pueden suponer consecuencias para los declarados non gratos. No faltará un funcionario que decida negarles un servicio público porque entienda que es la consecuencia de la declaración legislativa. O puede suceder que algún particular se niegue a prestarles un servicio con base en la declaración de nongratitud

Las negativas de las autoridades o de los particulares supondrían una discriminación: un trato desigual pues, mientras por regla general se presta un servicio, a ellos se les niega y con ello se les perjudica; y la desigualdad de tratamiento se basaría en las opiniones de estas dos personas. La causa de la discriminación sería la declaratoria del Congreso del Estado de Nuevo León. 

Por regla general, una simple declaración con efectos exclusivamente políticos no podría ser objeto de análisis en un juicio de amparo. Sería una cuestión política. Sin embargo, valorando los posibles alcances, me parece que Salmerón y Fernández Noroña podrían promover un amparo en contra de la declaración de la legislatura local, ya que se trata de un acto que por la ambigüedad de sus efectos invita a la discriminación; puede producir consecuencias discriminatorias.

Quiero aclarar para que no haya confusión: no estoy de acuerdo con lo que expresaron; no quiero defenderlos. Simplemente quiero hacer una valoración de las consecuencias constitucionales de una declaratoria del Congreso de Nuevo León. Esa declaratoria es mi objeto de análisis, no las expresiones que la motivaron. 

PasaportesMundo.jpeg

Una reforma para no cambiar nada

Hay reformas constitucionales que cambian las reglas del poder. Otras reconocen nuevos derechos. Algunas corrigen errores. Y hay también reformas que sirven para algo mucho más modesto: dar una conferencia de prensa. La presidenta de la República acaba de enviar una iniciativa para...

Leer artículo
LeniaVota.webp

En 1926 los legisladores tenían una excusa

En los últimos días se ha comentado mucho sobre que la Constitución mexicana contiene dos reglas distintas sobre quién debe presidir la Suprema Corte. Cuál de las dos disposiciones debe prevalecer es un problema jurídico interesante. Pero hay una pregunta anterior: ¿cómo llegamos al punto de...

Leer artículo
scjn2026.jpg

Cuando los jueces ya no necesitan convencer

Los jueces siguen teniendo que convencer, pero lo hacen en un momento distinto y con un lenguaje distinto. Antes debían persuadir a través de sus sentencias una vez electos. Hoy deben persuadir antes de llegar al cargo, durante la campaña electoral.

Leer artículo
2022PortadaConst

La práctica y el mito de la Constitución de 1917

La Constitución se ha convertido, en buena medida, en un mito compartido. Mito no en el sentido de una mentira, sino en el de un relato que da identidad, que ordena el lenguaje público, que permite que el poder se exprese en clave jurídica incluso cuando ya no está realmente limitado por ella.

Leer artículo
12

La Constitución al ritmo de la 4T

La doctora Sheinbaum ha publicado siete decretos de reforma constitucional en sus primeros sesenta y dos días en palacio nacional. Son más que los que promulgaron juntos los presidentes Elías Calles, Emilio Portes Gil y Ruiz Cortines.

Leer artículo
33.magistratura-tribunal-1-2136x1679.png

¿Votar por un sueño?

Estamos en el ecuador de unas campañas judiciales que, para las y los mexicanos, son completamente nuevas. Muy distintas a las campañas a las que estamos acostumbrados: sin spots en radio y televisión, sin propaganda colgando de los postes. Esta vez, todo se juega en las redes.

Leer artículo