Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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El presidente López Obrador envió nuevas ternas al Senado para que éste elija a los nuevos comisionados de la Comisión Reguladora de Energía. En las ternas aparecen personas que integraron las ternas que previamente rechazó el Senado. Se ha dicho que eso no es correcto. 

Repetir propuestas previamente rechazadas no es una novedad. En 2003 el presidente Fox envió una terna integrada por Margarita Beatriz Luna Ramos, junto con José Luis de la Peza y Elvia Díaz de León. Ninguno alcanzó la votación calificada. Por ello, a inicios del año siguiente, el presidente envió una nueva terna en que otra vez aparecía Margarita Luna Ramos, ahora junto a María del Carmen Arroyo y Gloria Tello Cuevas.

Entre los ministros en activo, esa situación la vivió Alberto Pérez Dayán. El 10 de octubre de 2012, el presidente Calderón propuso una terna en donde estaba el ahora ministro junto con Pablo Vicente Monroy, y Andrea Zambrana. Ninguno de ellos alcanzó la votación calificada. El presidente envió una nueva terna, el 15 de noviembre, en la que otra vez estaba Alberto Pérez Dayán, ahora con Rosa Elena Gonzáles y con Julio César Vázquez-Mellado.

Otro caso de rechazo de una terna para integrar un órgano lo encontramos en 2006, cuando ninguno de los candidatos propuestos por la Suprema Corte para ser designado como magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral alcanzó la votación calificada. La Corte tenía que enviar una nueva terna. Al iniciar el procedimiento los ministros se plantearon si podían repetir algún nombre. Concluyeron que sí. El entonces presidente de la Corte, Mariano Azuela, argumentó: 

 “Cuando hubo en rechazo de una terna presentada por el presidente de la República a la Cámara de Senadores y que tuvo como consecuencia el rechazo de la misma, se integró una nueva terna en la que se incorporó el nombre de una persona que iba en la terna rechazada, de modo tal, que aunque ni la Presidencia de la República ni el Senado establecen a la manera del Poder Judicial, tesis o jurisprudencias, sí hay un criterio que ahí establecieron, que una terna puede incluir a quienes estuvieron en una terna rechazada, por qué, porque la terna ontológicamente tiene una unidad que implica que son tres personas las que integran la terna, de modo tal que si se integra una terna que ya no tenga esas tres personas, aunque pudiera llegar a tener una o dos, caso de una, fue el de ministro de la Suprema Corte, se estaría respetando el principio” (sesión de 6 de noviembre de 2006). 

Ahora, el que así se haya hecho no significa que sea correcto ese proceder. Los precedentes no necesariamente son buenos. Claro que desde una perspectiva formal no es lo mismo “CAB” que “BAC”. Pero no estamos hablando de palabras y letras, sino de ternas integradas por personas. Y es claro que ninguna alcanzó los votos requeridos. El tema no son los acompañantes, sino que ninguno convenció a la mayoría. Por tanto, me parece que deben buscarse nuevos nombres. Sin embargo, en materia de nombramientos el acuerdo político es la ley suprema. 

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