Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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El ministro Zaldívar presentó su proyecto de reforma al Poder Judicial de la Federación. Es un documento muy amplio, que abarca diversas normas. Voy a irlo analizando por partes. Primero, las propuestas de reforma constitucional, pues deben ser las primeras que deben discutirse. En las reformas constitucionales propuestas hay diversos cambios. También iré comentándolas en diversas entregas. 

La primera modificación que propone el ministro Zaldívar es en los depositarios del Poder Judicial de la Federación. Un primer cambio al respecto es que los tribunales unitarios tendrían una composición colegiada. Ello hace necesario cambiar su nombre, por lo que ahora se propone que sean tribunales colegiados de apelación.

Me parece bien que dejen de ser integrados por un solo magistrado. Eso ayuda a minar la corrupción por una razón: es más sencillo corromper solo a una persona que a dos. Eso es relevante, sobre todo, en los asuntos penales en donde una decisión de absolución tomada por una sola persona no siempre puede ser combatida en amparo. Claro que ahora se necesiten dos votos tampoco termina con la corrupción, pues se pueden comprar dos voluntades. Pero ayuda. 

No puedo dejar de advertir que esto tendrá un alto costo. Se necesitarán dos nuevos magistrados en lo que hoy es un tribunal unitario. Dos nuevos magistrados más personal judicial a su cargo. A ello hay que sumar todas las adecuaciones en espacio que tienen que hacerse y el gasto en equipo de cómputo, papelería, etc. 

Puestos a cambiar los nombres, yo sugeriría que también se les cambiara la denominación a los tribunales colegiados de circuito. Su nombre indica un ámbito competencial territorial: el circuito. Teóricamente estos órganos tienen competencia en un espacio geográfico denominado circuito. En la mayoría de los casos así es. Sin embargo, en los últimos años han surgido tribunales colegiados a los que se les ha dado competencia en toda la República. Así pues, hay una contradicción entre el nombre que limita a un ámbito su competencia, y el territorio real en el que pueden ejercer su competencia. 

Por ello, ya que estamos en época de cambios, puede el nombre a la realidad competencial. Otra opción para evitar esa divergencia es crear un nuevo circuito que abarque todo el país. El circuitito 33 tendría competencia en toda la República. Y a ese circuito habría que adscribir a los colegiados a los que se les diera esa competencia, como a los de telecomunicaciones, competencia o a los creados para resolver determinado paquete de amparos. 

Un segundo cambio en los depositarios del Poder Judicial de la Federación es que se agrega un nuevo depositario: los plenos regionales. 

Los plenos regionales es la nueva denominación que reciben los plenos de circuito. Hoy por hoy no se les considera depositarios puesto que no ejercen jurisdicción, no resuelven litigios. Su única atribución es dirimir contradicciones de criterios, pero sin incidir en los casos particulares. Conforme a la propuesta seguirían resolviendo esas contradicciones, pero podrían conocer de otros asuntos que les remitiera la Suprema Corte. Por ello podrían ejercer jurisdicción eventualmente y hay que considerarlos depositarios del Poder Judicial. 

El cambio de denominación también implica que dejen de tener competencia sobre un circuito de forma exclusiva. Su competencia ahora será por regiones que, según se advierte en la propuesta, se pueden conformar por varios circuitos. 

Me parece que esto también tiene una lógica. Hay circuitos en los que resulta necesario un pleno por la cantidad de tribunales que los conforman, como puede ser en la Ciudad de México. Pero hay circuitos que solo cuentan con dos tribunales colegiados, y resulta ocioso que cuenten con un pleno, siendo más adecuado que haya un pleno por dos circuitos.

Los plenos regionales se integrarán por tres magistrados, conforme a la propuesta de nueva ley orgánica. Eso en principio puede ayudar a la toma de decisiones respecto a lo que hoy sucede en los plenos de circuito, que pueden integrarse por casi veinte magistrados. 

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