Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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Comentaba en una entrada anterior que los ciudadanos no se sienten representados por sus legisladores. Quiero centrarme ahora en el caso de los diputados, quienes teóricamente representan al pueblo pues se eligen atendiendo a la población y no a las entidades federativas. 

Si analizamos los resultados electorales de cada distrito, podemos comprobar que resulta vencedor alguien que no representa a la mayoría absoluta; sólo a una mayoría relativa, que en casi todos los casos es limitada. Atendiendo a los resultados de la elección de 2015 en los distritos electorales de la Ciudad de México, podemos comprobar que ningún diputado logró su victoria con una mayoría absoluta. Ninguno llegó a su curul con siquiera el 40% de los votos de su distrito. Eso significa que, en el mejor de los casos, el 60% de los ciudadanos no se encuentran representados.

Si consideramos la totalidad de ciudadanos inscritos en la lista nominal, únicamente el 26.58% de los ciudadanos están representados por un diputado. 

Si el más del 73% de los ciudadanos no decidieron quién sea su diputado, es lógico que no se sientan representados. El sentimiento generalizado de no representación es matemáticamente genuino. 

Claro, se puede decir que los que no quisieron votar no pueden alegar que no se sienten representados. Pero aún así, el 60% de los que sí votaron tienen toda la razón de no sentirse representados, porque no lo están. 

Una ley aprobada por mayoría en la Cámara de Diputados, ¿puede realmente considerarse expresión de la voluntad general cuando los que la aprobaron pueden no representar ni a una cuarta parte de los ciudadanos del país? 

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