Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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Al mencionar que el sistema de reforma constitucional implica un acuerdo con los partidos, puse el caso de que los 300 distritos uninominales los ganaran candidatos sin partido. Mencioné que los partidos tendrían derecho a 200 diputados de representación proporcional. Pero ello está condicionado a que obtengan, cuando menos, un 3% de la votación nacional válida.

¿Qué sucedería si ningún partido alcanza el 3% de la votación nacional válida? En principio, conforme a la Constitución, ninguno tendría derecho a contar con diputados de representación proporcional. Si esto es así, ¿tendríamos una Cámara de Diputados conformada sólo por 300 diputados? Se estaría violando la Constitución con una integración así.

Es sólo una hipótesis. Y remota, porque no creo que suceda algo así. Pero es una posibilidad. Una contingencia que tronaría el sistema constitucional.

¿Qué se puede hacer? Algunas soluciones: a) eliminar a los diputados de representación proporcional; b) prohibir nuevamente las candidaturas sin partido; c) permitir el acceso a candidatos sin partidos a la de representación proporcional. Sólo son soluciones para evitar una eventual crisis constitucional; no defiendo ninguna de éstas.

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