Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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La doctora Sheinbaum ha publicado siete decretos de reforma constitucional en sus primeros sesenta y dos días en palacio nacional. Son más que los que promulgaron juntos los presidentes Elías Calles, Emilio Portes Gil y Ruiz Cortines.

En el mismo número de días de gobierno, solo cinco presidentes lograron reformar la Constitución. Ninguno llegó a siete decretos en este lapso. Quien más se le acerca es el general Lázaro Cárdenas, que la modificó en cinco ocasiones.

Al día que esto se escribe, se han modificado 19 artículos de la Constitución, casi un 14% del texto. Entre las reformas se tocó el art. 13, que había permanecido intocado desde que se aprobó por el Constituyente de Querétaro. 

En estos más de dos meses se han roto los récords temporales. En solo horas se aprueban las reformas. Y en solo horas se han reformado las reformas. El 30 de octubre se publicó el texto del cuarto párrafo del art. 28. Entró en vigor al día siguiente. Y, mientras lo hacía, se publicó una reforma a lo recién promulgado. Una versión de la Constitución que solo vivió 24 horas. 

Durante el sexenio de Peña Nieto se hicieron 156 modificaciones constitucionales. Entre los gobiernos de López Obrador y de la doctora Sheinbaum van 115 reformas. Podría pensarse que es poco, pero lo que llama la atención es el reciente aumento de la velocidad. Hasta julio teníamos un decreto de cambio cada seis meses, en promedio; y desde septiembre, que Morena tiene mayoría calificada, estamos con una reforma cada nueve días. 

Es entendible que se modifique la Constitución con el asentamiento del movimiento que ahora gobierna. Si tuviésemos una norma fundamental que no regulara tantos detalles absurdos, no sería necesario cambiarla tanto. Contemplar cosas que no deben estar en una constitución no es una novedad. Es algo que se inició hace años. La 4T solo ha seguido la tendencia neoliberal de hiper regulación constitucional.

Ahora la Constitución mexicana regula el número de páginas que debe tener el escrito de postulación de alguien que aspire a ser juzgadora. Eso sería más propio de una convocatoria, pero está en la norma fundamental. Si en un año se considera que tres páginas fueron pocas, o que es mejor que expongan sus motivos de forma oral, habrá que cambiar la ley suprema.

No tiene nada de malo pedir tres cuartillas. El problema es que la Constitución no es el espacio idóneo para eso. Como tampoco lo es para regular el contenido de los planes y programas de estudio, como se puso en 2019, o los horarios de los canales de televisión y las estaciones de radio, como se hizo en 2007. 

La Constitución, poco a poco, está dejando de ser la norma que organiza la vida jurídica y política del país con trazos básicos, para convertirse en el recipiente que acoge todo el derecho. Se asemeja más a un plan nacional de desarrollo. Esta parece ser una tendencia irreversible, viendo cómo caminan las reformas en proceso, que entran a temas como el fentanilo o los vapeadores. Desde luego, el fentanilo debe estar prohibido, pero no en la Constitución. 

A veces se cree que la Constitución tiene un poder performativo, es decir, que colocando algo en ella, se vuelve realidad. Pero esto no es así. Lo único que se hace con estas reformas es debilitarla, porque cada incumplimiento la torna más en letra muerta.  

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