Herejías constitucionales

el blog de José María Soberanes Díez

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El debate sobre la elección popular de las ministras y los ministros ya comenzó, aunque el presidente no ha presentado la iniciativa que anunció. Será una discusión que nos ocupará los próximos meses. El resultado ya lo podemos intuir: no habrá ningún cambio constitucional, porque no se alcanzará la mayoría calificada. Pero lo importante no es que haya cambios, sino que este debate se entrelace con las campañas electorales. 

Me parece que el sistema actual de designación de ministras y ministros no es el mejor. Debería reformarse para garantizar que siempre existan contrapesos y no se trate de designaciones unipersonales, pues eso no abona a la legitimación de quienes deberán integrar el alto tribunal de la República. 

La cuestión es si debe mejorarse el sistema actual, o si debe optarse por otro completamente distinto, como es la elección popular.  México tiene ya experiencia histórica en la elección popular de ministros. Así lo disponía la Constitución de 1857, y se abandonó ese sistema. En Estados Unidos existe a nivel local, en treinta y nueve estados. Respecto a los tribunales que son la máxima autoridad jurisdiccional de un país, en la actualidad tenemos el ejemplo bolivariano, donde los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional se eligen mediante sufragio universal. 

El que existan experiencias actuales de la elección popular delas personas juzgadoras de altos tribunales en otros países, permite realizar una valoración de cuáles son sus resultados, más allá de lo que podemos intuir. Justamente eso fue lo que se comentó en un interesante semanario que realizaron la Universidad Panamericana y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. 

Las personas académicas que participaron presentaron evidencias interesantes. En los lugares en donde se ha optado por este método, en las sentencias se nota un viraje hacia el estatalismo y hacia el punitivismo, dejando de lado la protección de los derechos humanos. 

Otro aspecto que se destacó es la paradójica disminución de la legitimación democrática de las personas juzgadoras, pues hay muy poca votación válida efectiva, pues ni el 35% de la población vota por un candidato a ocupar un sitial de la alta corte, lo que también demuestra la apatía de este método.

Además, se señaló que ha quedado demostrado que optar por este modelo de designación no ha cumplido con los objetivos que se persiguieron, como eliminar la corrupción, terminar con la partidización de la justicia, o hacerla más efectiva pues, por el contrario, ha bajado la calidad de las resoluciones. 

Con todo esto queda claro que no se necesita un debate de coyuntura política, sino un análisis serio, analizando los resultados, los efectos y también los costos económicos de un cambio de sistema. Ojalá pueda darse.

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